Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  17, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

Acerca de la proyectada policía judicial

Por José Luis Ares


“Resultó frustrante la experiencia de los instructores judiciales, abogados que debían investigar y terminaron realizando tareas de agentes judiciales, llenando papeles y papeles y siguiendo con el culto al expediente, propio de la anacrónica mentalidad inquisitiva. Por eso nos parece muy positivo que a los miembros de la policía judicial se les prohíba expresamente despachar causas, realizar trámites administrativos y elaborar proyectos de escritos para los fiscales; aunque desde luego, deberían confeccionar las actas de los procedimientos en que intervengan. En cuanto a la competencia, sin perjuicio de la aspiración futura de que la policía judicial investigue alguna vez todos los delitos, nos parece correcto limitarla de entrada a los delitos complejos y a los producidos por grupos delictivos organizados, como así a los cometidos por agentes policiales o penitenciarios, y otros funcionarios públicos. Respecto a los homicidios dolosos, más allá de su gravedad y de la alarma social que pueden generar, no siempre resultan complejos ni de difícil investigación y muchas veces se esclarecen en pocas horas, por lo que habría que establecer alguna precisión en la ley. (…) Es necesario un cambio de paradigma. Si se desean obtener mejores resultados y superar viejas y perniciosas prácticas, resulta imprescindible integrar la nueva organización con gente nueva y no contaminada. Nos parece una cuestión central mantener la incompatibilidad proyectada para quienes hayan integrado fuerzas de seguridad o prestado servicios de seguridad privada. Hay que hacer tabla rasa, empezar de cero. Quizá se podría exceptuar la incompatibilidad para funcionarios de policía científica altamente capacitados y con impecable foja de servicios. (…) Se nos ocurre fundamental la existencia de un control externo como el proyectado Observatorio Parlamentario, integrado por legisladores, jueces, fiscales, referentes académicos, organizaciones sociales, etc. que efectúe un seguimiento de la policía judicial, aporte diagnósticos que sirvan al diseño de programas estratégicos y sugiera las modificaciones que correspondan. Y que esos informes se hagan públicos. Siempre resultará positivo contar con más control y transparencia en la actividad estatal, en especial en esta relevante materia.”

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: judicial, judiciales, positivo.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE